Programa de Desarrollo Laboral (PDL)

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Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19


El 12 de marzo de 2020 la entonces gobernadora de Puerto Rico, declaró un estado de emergencia como resultado de la amenaza a la salud pública asociada al COVID-19. Posteriormente, la otrora gobernadora y el actual Gobernador de Puerto Rico, Hon. Pedro Pierluisi Urrutia, han proclamado varios Decretos Ejecutivos con el fin de fomentar el "distanciamiento social" y proteger a los ciudadanos de una mayor propagación de la enfermedad.

Con el fin de apoyar a los patronos que se enfrentan a los impactos financieros a causa de las medidas tomadas para evitar la propagación del nuevo coronavirus, el Programa de Desarrollo Laboral (en adelante, “PDL”) estableció el denominado Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19.  El Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19 dirigirá las subvenciones a Patronos u otras organizaciones en Puerto Rico, según descritas adelante, y que experimenten problemas económicos con el fin de mitigar los posibles despidos o cierres de instalaciones debidos al COVID-19.  Las empresas elegibles pueden presentar una solicitud por la cantidad máxima de $50,000 dólares. La cantidad a asignarse a cada patrono estará sujeta a los gastos extraordinarios en que incurra el patrono relacionados a la crisis del COVID-19 y tales gastos pueden conllevar el cesantear empleados para poder continuar operando. 

ELEGIBILIDAD

Los solicitantes elegibles son aquellos patronos, incluyendo Organizaciones sin fines de lucro, organizaciones de base comunitaria e Instituciones de Educación Superior, que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tienen 500 empleados o menos, incluyendo individuos que trabajen por cuenta propia;
  • Demostrar necesidad de apoyo para la prevención de cesantías. Entiéndase los gastos extraordinarios incurridos como consecuencia de COVID-19.

SOLICITUD

¿Deseas solicitar al Fondo? Aquí te detallamos lo que necesitas para poder completar la solicitud:

  • ID oficial del Gobierno de Puerto Rico y/o Pasaporte con foto vigente del principal;
  • Registro de Comerciante del Departamento de Hacienda;
  • En caso de que una corporación comparezca por conducto de representante autorizado o agente residente, se deberá incluir Resolución Corporativa autorizándole a solicitar los fondos a nombre de la Corporación; 
  • El Compromiso de retención de los empleados hasta ciento veinte (120) días naturales a partir de la fecha de la otorgación de la subvención, incluido en la solicitud.
  • Facturas de los bienes y/o servicios que estén relacionados con la emergencia con la evidencia de recibos y el método de pago utilizado para adquirir los mismos.  Toda factura, recibo de compra y/o método de pagado debe tener fecha a partir del 12 de marzo de 2020, fecha en que se declaró el Estado de Emergencia.
  • Certificación de radicación de planillas de los últimos cinco (5) años del Departamento de Hacienda (Modelo SC 6088).
  • Certificación de deuda del Departamento de Hacienda (Modelo SC 6096).
  • Copia de planillas trimestrales sometidas al Departamento de Trabajo desde 15 de marzo de 2020 al presente.
  • Certificación Negativa de Deuda ante el Departamento de Trabajo por Desempleo.
  • Certificación de Good Standing del Departamento de Estado, de ser una corporación.

Las empresas que cumplan con los requisitos deberán presentar la solicitud con los documentos en https://refuerzoeconomico.com/programa-de-desarrollo-laboral .

Si usted recibió los fondos y no llegó al máximo de los $50,000.00 y continúa incurriendo en gastos relacionados al COVID-19 puede solicitar nuevamente mediante el correo electrónico de [email protected] . Si a usted se le denegó la solicitud y continúa incurriendo en gastos relacionados al COVID-19 puede solicitar nuevamente mediante el correo electrónico de [email protected] . Las solicitudes recibidas serán revisadas y evaluadas por orden de llegada, sujeto a la disponibilidad de los fondos. No se considerará ninguna solicitud incompleta.

USO DE FONDOS - Costos Permitidos

Los patronos participantes deben utilizar los fondos para evitar los despidos de empleados y cumplir con las disposiciones de "distanciamiento social" y sanidad en el lugar de trabajo, establecidas por las entidades de salud pública a nivel estatal y federal. Las solicitudes deben ser razonables, necesarias y directamente relacionadas a los propósitos del Fondo de Prevención de Cesantías COVID-19. Todas las solicitudes recibidas serán revisadas y evaluadas por el Programa de Desarrollo Laboral y las Juntas Locales de Desarrollo Laboral. Las actividades permitidas incluyen, pero no se limitan a las siguientes:

  • La compra de equipos de acceso remoto para permitir a los empleados trabajar desde su casa en lugar de ser despedidos (computadoras, impresoras, teléfonos, auriculares, etc.);
  • Comprar programas o aplicaciones de “software”, necesarios para trabajar a distancia;
  • La compra de suministros y/o servicios de limpieza/saneamiento o equipo de seguridad que permitan a una empresa exenta o autorizada por mandato gubernamental, mantener a los empleados en el área de trabajo;
  • La compra de suministros y/o servicios de limpieza/saneamiento que permitan a un patrono retomar las operaciones, al cese de la emergencia, si este gasto extraordinario impacta el pago de nóminas y tuviera como consecuencia la cesantía de parte de su plantilla laboral
  • Pagar el aumento o diferencia de la póliza regular de un seguro de responsabilidad pública, para aquellos comerciantes que hayan incluido el servicio de entregas a domicilio, a causa del Estado de Emergencia, de conformidad con las Órdenes Ejecutivas promulgadas;
  • Otros enfoques y estrategias para reducir o eliminar la necesidad de despidos estarán sujetas a revisión y aprobación del PDL (gastos operacionales, excluyendo nóminas). Entre estos gastos operacionales se podrán considerar los incurridos por el patrono en el pago de renta, agua, luz, teléfono del local, celulares y servicios de internet, entre otros. Las JLDL referirán estos casos excepcionales al PDL, para su revisión y aprobación.

Fondos de Adiestramiento diponibles para empleados bajo la Ley WIOA


El Departamento de Desarrollo Económico y Comercio, a través del Programa de Desarrollo Laboral, cuenta con fondos de adiestramiento para ayudar patronos y sus trabajadores a mejorar sus destrezas de empleabilidad. Por medio de los fondos disponibles bajo la Ley de Oportunidades y de Innovación de la Fuerza Laboral (WIOA, por sus siglas en inglés), los patronos tienen la oportunidad de adiestrar trabajadores nuevos y/o existentes para adquirir las destrezas necesarias y mantenerse competitivos en el mercado laboral.

Por medio de las actividades de Adiestramiento de Base en el Trabajo (Work-Based Training-WBT), provistos mediante contratos de delegación de fondos, los patronos pueden ofrecer a sus empleados:


Adiestramiento a la Medida (“Customized Training”): adiestramiento tipo salón de clases, diseñado y desarrollado para satisfacer las necesidades particulares de un patrono o grupo de patronos con el compromiso de emplear aquellos individuos que completen satisfactoriamente el adiestramiento.

Adiestramiento en el Empleo (“On-the-Job Training”): adiestramiento estructurado provisto por un patrono, del sector público o privado, con o sin fines de lucro, a un participante que devenga un salario mientras realiza una labor productiva en un trabajo.

Adiestramiento para Trabajadores Incumbentes: adiestramiento diseñado para cumplir con los requerimientos especiales de un patrono o grupo de patronos para retener una fuerza laboral diestra y evitar cesantías. Este adiestramiento tiene el propósito de proveer nuevas destrezas y conocimientos a los empleados existentes (seis (6) meses o más como empleado regular).

Aprendizaje Registrado (Registered Apprenticeship) (RA): es un modelo de adiestramiento estructurado conducente a una credencial reconocida por la industria, que provee una combinación única de Aprendizaje en el Empleo (OJL) con horas de Instrucción Relacionada y aumento salarial durante o al finalizar el adiestramiento.

Para mas detalles llene la información a continuación y una de nuestras Juntas Locales de Desarrollo Laboral se comunicará con usted.

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